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PAUMARD ABOGADOS

Abogados fiscalistas y asesores fiscales

Contáctanos y preséntanos tu caso.

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Contacta con nuestros abogados fiscalistas si estás siendo investigado o acusado por fraude fiscal, necesitas un abogado para defensa en fraude fiscal. En PAUMARD Abogados contamos con especializados abogados para defensa en fraude fiscal, puesto que, en el actual panorama legal y tributario, el fraude fiscal se ha convertido en uno de los delitos más frecuentes y perseguidos, tanto por la Administración como por el poder judicial.

Para aquellos que se encuentran en el ojo del huracán, enfrentar acusaciones de fraude fiscal puede resultar abrumador. Sin embargo, con la defensa legal adecuada, es posible proteger tus derechos y garantizar un proceso justo.

Abogados fiscalistas y asesor fiscal para defensa en fraude fiscal

Si te están investigando por fraude fiscal, o si ya eres acusado por tal delito, contacta con nosotros para conocer cómo podemos ayudarte para intentar conseguir la reducción o desaparición de los efectos penales.

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    En qué consiste el delito de fraude fiscal

    El delito de fraude fiscal en España se encuentra regulado en el artículo 305 del Código Penal. Este delito se comete cuando un sujeto actúa de manera dolosa para eludir el pago de tributos, tasas o cotizaciones sociales, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta, o el importe de las devoluciones indebidamente solicitadas, supere la cantidad establecida en la ley (actualmente, y según la legislación vigente a la fecha de mi última actualización, ese umbral está fijado en 120.000 euros).

    Abogados fiscalistas
    Abogados fiscalistas

    Hechos más comunes por los que se imputa fraude fiscal

    El fraude fiscal puede presentarse de diversas maneras, aunque hay ciertos patrones que son recurrentes en las investigaciones:

    1. Omisión de ingresos o exageración de deducciones.
    2. Uso de paraísos fiscales para ocultar ingresos.
    3. Manipulación de precios en operaciones vinculadas.
    4. Uso de estructuras corporativas complejas para ocultar beneficios.
    5. Falsificación de documentos o registros contables.

    Para que exista fraude deberá concurrir una intención de defraudar, es decir, de ocultar o evadir impuestos para obtener un ingreso de cantidades o disminución de impuestos. Cada vez más, al menos en cuanto a la acusación se está considerando como tal las estrategias de erosión de la base imponible.

    CONTACTA YA CON NUESTROS ABOGADOS FISCALISTAS Y ASESOR FISCAL

    Principales argumentos de defensa frente a la acusación de fraude fiscal

    Frente a estas acusaciones, hay diversos argumentos de defensa que pueden utilizarse:

    1. Ausencia de intención de defraudar.
    2. Errores involuntarios en la declaración.
    3. Validez de las deducciones aplicadas.
    4. Interpretaciones razonables de la normativa fiscal.
    5. Fallos o defectos en la notificación o en el procedimiento de inspección.

    Los elementos del tipo delictivo del fraude fiscal

    1. Sujeto Activo: Puede ser cualquier persona física o jurídica que esté sujeta a la obligación tributaria.
    1. Acción: Consiste en eludir el pago de tributos, retenciones, ingresos a cuenta, tasas o o impuestos. También tiene su versión de fraude a la Seguridad Social. Esta elusión puede llevarse a cabo mediante la obtención indebida de devoluciones o el disfrute fraudulento de beneficios fiscales.
    1. Elemento subjetivo: Se requiere el dolo de defraudar, es decir, la intención consciente de evitar el pago del tributo, obtener devoluciones indebidas o disfrutar de beneficios fiscales de forma ilícita.
    1. Quantum defraudado: La cuantía defraudada debe exceder el límite fijado por la ley, que a fecha de 2023 es de 120.000 euros, según la normativa vigente. Si no se alcanza este umbral, podríamos estar ante una infracción administrativa, pero no un delito penal.

    ¿Cuándo existe fraude u ocultación en delito de fraude fiscal?

    En cuanto a la fraude u ocultación, se produce cuando:

    1. Omisión de declaraciones: No presentar las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones en el plazo establecido.
    1. Consignación de datos falsos: Declarar menos ingresos de los realmente obtenidos o más gastos de los realmente soportados.
    1. Uso de facturas ficticias: Emplear facturas por operaciones no realizadas para inflar gastos y reducir la base imponible.
    1. Manipulación contable: Alterar los libros contables para que reflejen una situación económica diferente a la real.
    1. Transacciones simuladas: Realizar operaciones que en realidad no han tenido lugar para justificar movimientos de dinero o variaciones patrimoniales.

    La ocultación puede ser de hechos o de cifras, y en ambos casos, el objetivo es el mismo: reducir la base imponible y, por ende, la cantidad a pagar a la Hacienda Pública. Es esencial entender que para que se considere delito, la conducta debe ser intencionada y superar el umbral cuantitativo establecido. En caso contrario, será sancionado administrativamente, pero no penalmente.

    Es por ello que resulta esencial contar con un abogado para defensa en fraude fiscal, ya que estudiaremos tu caso y analizaremos las interpretaciones jurídicas y hechos más favorables para tu defensa.

    ¿Qué es el dolo en el delito de fraude fiscal?

    El dolo, en términos jurídicos, se refiere a la intención de cometer un acto sabiendo que es ilícito. En el contexto del fraude fiscal, el «dolo de defraudar» implica la voluntad consciente y deliberada de eludir el pago de tributos, obtener devoluciones indebidas o disfrutar de beneficios fiscales de manera ilícita, con pleno conocimiento de que estas acciones contravienen las leyes fiscales.

    Para que exista dolo en el delito de fraude fiscal, es necesario que el sujeto tenga plena conciencia de que está actuando en contra de la normativa fiscal y que, con sus acciones u omisiones, está causando un perjuicio económico a la Hacienda Pública.

    CONTACTA YA CON NUESTROS ABOGADOS FISCALISTAS Y ASESOR FISCAL

    Ejemplos de situaciones donde se aprecia el dolo de defraudar en materia fiscal

    1. Omisión de ingresos: Un profesional independiente que percibe ingresos por sus servicios, pero decide no declarar una parte significativa de estos para reducir la base imponible y, por ende, el impuesto a pagar. Si lo hace con la intención de pagar menos impuestos de lo que en realidad le corresponde, está actuando con dolo.
    1. Exageración de deducciones: Un empresario que declara gastos personales como si fueran gastos de su negocio para aumentar las deducciones y reducir el impuesto a pagar. Si lo hace sabiendo que esos gastos no son deducibles, actúa con dolo.
    1. Uso de facturas falsas: Una compañía que compra facturas ficticias para inflar sus gastos y, así, disminuir el impuesto a pagar. Si la empresa es consciente de que esas facturas no corresponden a operaciones reales y las utiliza para defraudar, hay dolo.
    1. Simulación de operaciones: Un individuo que simula un préstamo con un familiar con el único propósito de justificar un incremento patrimonial y eludir el pago de impuestos sobre dichos ingresos. Si lo hace con la intención de engañar a la administración fiscal, está actuando dolosamente.
    1. Traslado de beneficios a paraísos fiscales: Una empresa que, a través de mecanismos artificiales, traslada sus beneficios a jurisdicciones de baja tributación para evitar el pago de impuestos en su país de origen. Si esta traslación se realiza con la única intención de eludir la tributación, hay dolo.

    En resumen, el dolo de defraudar en el delito de fraude fiscal implica la intención deliberada de actuar en contra de las leyes fiscales, con plena conciencia de que se está causando un perjuicio a la Hacienda Pública. Es la diferencia entre un error o negligencia y una acción conscientemente ilícita.

    Fases administrativas y penales

    El proceso inicia con una inspección fiscal, en la que Hacienda revisará la situación tributaria del contribuyente. Si detecta irregularidades, se abrirá un expediente sancionador. Si el importe defraudado supera los 120.000 euros, se da paso a la fase penal, comenzando con una investigación y, si procede, culminando en un juicio penal.

    Responsabilidades para el condenado

    Un individuo condenado por fraude fiscal no solo enfrenta penas de prisión. A nivel civil, se le exigirá el reintegro de las cantidades defraudadas más intereses y sanciones. En el ámbito mercantil, podría enfrentar restricciones para gestionar empresas. Y, desde luego, su reputación personal y empresarial se verá seriamente dañada.

    Finalmente, es crucial recordar que una acusación no equivale a una condena, al igual que Hacienda pierde el 50% de los asuntos que inicia. Si te encuentras ante una imputación de fraude fiscal, contar con un abogado especializado es tu mejor inversión. Juntos, podemos trazar una estrategia de defensa sólida, enfrentar las acusaciones y proteger tus derechos.

    Si quieres saber más sobre los servicios concretos con los que podemos ayudarte consulta nuestros servicios como abogados fiscalistas y tributarios.

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