ABOGADOS FISCALISTAS Y ASESORES FISCALES EN SEVILLA
Contar con nuestros abogados fiscalistas y asesores fiscales en Sevilla es de vital importancia para cualquier persona o empresa que desee cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar sanciones o multas por parte de Hacienda.
En el complejo mundo de los impuestos y la fiscalidad, contar con el asesoramiento de profesionales expertos en la materia puede marcar la diferencia entre el éxito o la multa, o peor aún, el delito fiscal.
Nuestros abogados fiscalistas y asesores fiscales en Sevilla son profesionales altamente capacitados que brindan servicios de asesoramiento, planificación y defensa en cuestiones tributarias, lo que les permite ayudar a sus clientes a optimizar su situación fiscal y a cumplir con todas las obligaciones legales en este ámbito.
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SERVICIOS DE ABOGADOS FISCALISTAS Y ASESORÍA FISCAL EN SEVILLA
DEFENSA CIVIL Y PENAL EN MATERIA FISCAL DE EMPRESAS, ADMINISTRADORES, GESTORES Y ASESORES FISCALES
Como abogados fiscalistas ofrecemos asesoramiento y defensa judicial en procedimientos en los que se exige responsabilidad civil a asesores fiscales o gestores fiscales por errores, mala praxis y negligencias. Tanto para la defensa frente a las acusaciones de sus clientes, como para reclamar la cobertura del seguro de responsabilidad civil profesional a la propia aseguradora obligada a la cobertura de errores profesionales.
Si te reclaman una indemnización o quieres reclamar la cobertura de tu seguro, puedes conocer más de este servicio pinchando aquí.
Si, la acusación consiste en delitos de fraude fiscal, tanto si eres empresa, autónomo, persona física o gestor o asesor fiscal al que se te acusa penalmente de coautor, cómplice, colaborador necesario, etc. puedes conocer más sobre cómo podemos ayudarte a evitar la responsabilidad penal pinchando aquí.
ABOGADOS FISCALISTAS EN SEVILLA PARA PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN
En caso de que Hacienda te haya comunicado el inicio de un procedimiento de inspección, nuestros abogados fiscalistas y asesores fiscales pueden ayudarte y asesorarte durante todo el proceso para obtener el mejor resultado posible.
Puedes leer más sobre cómo actuamos y cómo puedes beneficiarte pinchando aquí.
ABOGADOS FISCALISTAS EN SEVILLA
QUÉ HACE UN ABOGADO FISCALISTA
La función de un abogado fiscalista en España es asesorar y representar a sus clientes en cuestiones relacionadas con la legislación fiscal y tributaria. El abogado fiscalista puede ayudar a sus clientes a comprender y cumplir con sus obligaciones fiscales, diseñar estrategias fiscales para optimizar la gestión de impuestos, resolver conflictos con la Administración tributaria, impugnar liquidaciones o sanciones tributarias, entre otros asuntos. En definitiva, su labor consiste en proporcionar asesoramiento legal especializado en materia fiscal para garantizar que sus clientes cumplan con sus obligaciones fiscales de manera efectiva y eficiente.
FISCALIDAD DE CRIPTOMONEDAS – Previsiblemente generará conflictos masivos
La postura de Hacienda hacia las criptomonedas es, desde luego, contraria a la de la mayoría de países avanzados que han apostado por esta tecnología. Es decir, que su postura es desincentivadora. No solo conlleva una elevada carga de liquidación sino también obligaciones de información.
Por ejemplo la pérdida patrimonial que pueda originarse en un intercambio entre monedas virtuales diferentes debe ser objeto de acreditación (a solicitud, en su caso, de los órganos de gestión e inspección tributaria) a través de los medios de prueba generalmente admitidos en Derecho.
El principal punto perjudicial para el contribuyente es que las ganancias se tienen que imputar en el año fiscal en que se obtienen, pero las pérdidas no se pueden imputar todas en el mismo año, con lo que supone un claro perjuicio para el propietario de criptomonedas y una gran ventaja para Hacienda.
Tanto si tienes criptomonedas nuestros asesores fiscales en Sevilla se encargan de toda su gestión, y nuestros abogados fiscalistas se encargan tanto de la planificación como de las reclamaciones a Hacienda y la defensa frente a reclamaciones de Hacienda.
Introducción a la regulación fiscal de criptomonedas
Las criptomonedas son consideradas como un activo financiero, por lo que están sujetas a tributación. A continuación se detallan las principales implicaciones fiscales de las criptomonedas en España:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Las ganancias obtenidas por la venta de criptomonedas deben ser declaradas en la declaración del IRPF como ganancias patrimoniales. La ganancia se calcula restando el precio de venta al precio de adquisición, y se aplica la escala de gravamen correspondiente.
- Impuesto sobre el Patrimonio: Las criptomonedas deben ser incluidas en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio si el valor total de los activos supera los 700.000 euros.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Las criptomonedas no están sujetas a IVA en la mayoría de los casos. Sin embargo, si se utilizan para realizar operaciones comerciales o de servicios, estarán sujetas a IVA.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Las criptomonedas se consideran bienes patrimoniales y están sujetas a este impuesto en caso de transmisión por herencia o donación.
Es importante destacar que el tratamiento fiscal de las criptomonedas puede ser complejo, y en caso de dudas o consultas, se recomienda la asistencia de un abogado fiscalista o un asesor tributario especializado en criptomonedas.
CONFLICTOS Y PROCEDIMIENTOS JUDICIALES CONTRA HACIENDA
Los conflictos judiciales más numerosos con la Hacienda Pública suelen estar relacionados con los siguientes temas:
- Declaraciones de IRPF y de Patrimonio: los contribuyentes pueden tener discrepancias en la interpretación de los criterios fiscales aplicados en sus declaraciones de impuestos, lo que puede dar lugar a un procedimiento de comprobación o una inspección fiscal.
- Impuesto de Sociedades: en este impuesto, las principales controversias giran en torno a la determinación de la base imponible y la aplicación de incentivos fiscales, como las deducciones fiscales por inversión en investigación y desarrollo.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): este impuesto también puede generar conflictos por la interpretación de las normas fiscales, especialmente en lo que se refiere a la aplicación de tipos reducidos o superreducidos, la exención de ciertas operaciones y la deducción del IVA soportado en las operaciones.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD): este impuesto es aplicable a la compra de bienes inmuebles, vehículos y otros bienes, y suelen generar conflictos en la valoración de los bienes transmitidos y en la aplicación de los tipos impositivos.
- Procedimientos de inspección fiscal: este tipo de procedimientos pueden dar lugar a conflictos debido a la discrepancia entre la Hacienda Pública y el contribuyente en la interpretación y aplicación de la normativa fiscal.
En resumen, estos son los principales conflictos judiciales con la Hacienda Pública en España, aunque hay otros temas que también pueden generar controversias y que dependen de cada caso concreto. Es importante contar con el asesoramiento de un abogado fiscalista para evitar este tipo de conflictos y, en caso de ser necesario, para defender los derechos e intereses del contribuyente ante las autoridades fiscales y los tribunales.
RECLAMACIÓN ANTE EL TEAR (TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO)
Una reclamación al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) es un procedimiento administrativo que se utiliza para impugnar resoluciones de la Administración tributaria española en materia de impuestos y otros tributos. El TEAR es un órgano colegiado y especializado que tiene competencia para resolver las reclamaciones económico-administrativas interpuestas por los contribuyentes.
Cuando un contribuyente no está de acuerdo con una liquidación o sanción tributaria que le ha impuesto la Administración, puede presentar una reclamación económico-administrativa ante el TEAR correspondiente a su territorio. Esta reclamación debe presentarse en un plazo de un mes desde la notificación de la liquidación o sanción, y debe ir acompañada de los documentos y pruebas que justifiquen la impugnación.
Una vez que el TEAR recibe la reclamación, se inicia un procedimiento en el que se pueden practicar pruebas y se pueden solicitar informes a las partes interesadas. El TEAR examinará la legalidad de la resolución impugnada y, en su caso, dictará una resolución que la anule o la confirme. Esta resolución tendrá carácter vinculante tanto para la Administración como para el contribuyente. Si el contribuyente no está conforme con la resolución del TEAR, podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
Este servicio puede ser prestado tanto por nuestros asesores fiscales en Sevilla como por nuestros abogados fiscalistas
ASESORES FISCALES Y CONTABLES EN SEVILLA
DECLARACIONES Y LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS EN SEVILLA
Las principales declaraciones y liquidaciones de impuestos son las siguientes:
- Declaración de la Renta (IRPF): es la declaración anual que se presenta para liquidar el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se debe presentar por todos aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos durante el año fiscal.
- Impuesto sobre Sociedades (IS): es un impuesto que grava los beneficios obtenidos por las empresas y otras entidades jurídicas. Se presenta anualmente y se calcula sobre la base del beneficio obtenido.
- IVA: es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en el territorio español. Se presenta de forma periódica y se calcula sobre la diferencia entre el IVA repercutido (cobrado) y el IVA soportado (pagado).
- Retenciones e ingresos a cuenta: se trata de una liquidación que se realiza por aquellas personas que, en su actividad profesional, están obligadas a retener una parte del importe a pagar a sus proveedores o clientes y a ingresarla posteriormente en Hacienda.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD): es un impuesto que grava la compraventa de bienes inmuebles, vehículos usados y otros tipos de transacciones.
Es importante tener en cuenta que existen otros impuestos y declaraciones que pueden variar en función de la actividad económica y la situación particular de cada contribuyente.
A) Gestión fiscal-contable externalizada:
El asesor fiscal externo se encarga de todas las tareas relacionadas con la contabilidad y la fiscalidad, como la elaboración de cuentas anuales, declaraciones fiscales, gestión de impuestos, nóminas, facturación, etc. El proveedor también puede proporcionar asesoramiento fiscal y contable a la empresa cliente, lo que puede ayudar a optimizar la situación fiscal de la empresa y a evitar errores y sanciones.
La gestión fiscal-contable externalizada permite a las empresas externalizar tareas que no son su competencia principal y contar con expertos para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y contables de la empresa.
B) Asistencia en gestión fiscal-contable no externalizada:
Este servicio está orientado a empresas que realizan su propia gestión contable fiscal debido al volumen de información y de documentación que es objeto de tratamiento. La prestación de dicho servicio consiste en la asistencia y asesoramiento respecto de los procesos contables y de registro efectuada por los abogados fiscalistas o asesores fiscales en SEVILLA.
C) Reuniones de trabajo y consultas:
En las que los asesores fiscales abordarán la resolución de dudas concretas o se participará en la aportación de ideas o soluciones jurídicas en interés de la empresa.
D) Asistencia en procedimientos de Gestión Tributaria:
Los procedimientos de gestión tributaria son aquellos que permiten a la Administración Tributaria llevar a cabo las actuaciones necesarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Estos procedimientos se encuentran regulados por la Ley General Tributaria y se dividen en los siguientes:
1) Procedimiento de comprobación limitada:
Este procedimiento permite a la Administración Tributaria realizar comprobaciones limitadas sobre la base de la información que el contribuyente ha presentado en su declaración. En este caso, la Administración Tributaria puede solicitar al contribuyente que aporte información adicional o documentos que justifiquen las deducciones o reducciones practicadas.
2) Procedimiento de comprobación de valores:
Se utiliza para verificar si el valor declarado por el contribuyente en una transmisión de bienes o derechos se corresponde con el valor de mercado. La Administración Tributaria puede realizar una comprobación de oficio o solicitar la colaboración del contribuyente para que aporte información o documentación que justifique el valor declarado.
3) Procedimiento de comprobación e investigación:
Permite a la Administración Tributaria realizar una comprobación exhaustiva de las declaraciones del contribuyente y de su situación fiscal en general. En este caso, la Administración Tributaria puede realizar actuaciones de investigación, solicitar información a terceros, practicar pruebas y requerir al contribuyente la presentación de información y documentos.
4) Procedimiento de inspección:
Es similar al procedimiento de comprobación e investigación, pero con la diferencia de que la Administración Tributaria cuenta con una mayor capacidad de actuación. En este caso, se pueden realizar actuaciones de comprobación de la contabilidad y de los libros de registro, así como la práctica de pruebas periciales y la solicitud de información a terceros.
5) Procedimiento de recaudación:
Se utiliza para obtener el pago de las deudas tributarias que no han sido satisfechas voluntariamente por el contribuyente. En este caso, se pueden llevar a cabo actuaciones como el embargo de bienes, cuentas bancarias o ingresos del contribuyente, así como la derivación de responsabilidad a terceros.
Es importante destacar que estos procedimientos pueden tener diversas fases y plazos, y que el contribuyente tiene derecho a aportar pruebas y alegaciones en cada una de ellas. Asimismo, el contribuyente tiene derecho a recurrir las actuaciones de la Administración Tributaria ante los Tribunales Económico-Administrativos o los Tribunales de Justicia.
E) Asistencia en procedimientos de Inspección Tributaria:
El procedimiento de inspección tributaria en España es un proceso que lleva a cabo la Agencia Tributaria para comprobar la veracidad y corrección de las declaraciones tributarias presentadas por los contribuyentes. Consiste en una actuación de investigación y comprobación por parte de los inspectores de Hacienda, que pueden realizar actuaciones en la sede del contribuyente o en la propia oficina de la Agencia Tributaria.
El procedimiento de inspección tributaria comienza con la notificación al contribuyente de la apertura del procedimiento, en la que se le informa del objeto de la inspección, los períodos a inspeccionar y la documentación que debe presentar para la realización de las comprobaciones. A partir de ese momento, el contribuyente tiene un plazo de 10 días para presentar la documentación requerida.
Durante la inspección, los inspectores pueden realizar entrevistas con los responsables del contribuyente y analizar su contabilidad y documentación para verificar la corrección de las declaraciones presentadas. También pueden realizar requerimientos a terceros para obtener información relevante para la inspección.
Una vez finalizadas las actuaciones de inspección, los inspectores elaboran un acta en la que se recogen las irregularidades detectadas y se fija la deuda tributaria resultante. Si el contribuyente está de acuerdo con las actuaciones y la deuda resultante, se firma el acta y se procede al pago de la misma. Si no está de acuerdo, puede presentar alegaciones y recurrir la resolución ante la Agencia Tributaria o los tribunales.
F) Asistencia en procedimientos de Recaudación Tributaria:
conjunto de actuaciones y medidas que lleva a cabo la Administración Tributaria para asegurar el cobro de las deudas tributarias pendientes de pago. Este procedimiento se inicia una vez que ha finalizado el periodo voluntario de pago establecido por la ley y el contribuyente no ha satisfecho su obligación tributaria en dicho plazo.
A continuación se describe el procedimiento de recaudación tributaria en España:
- Notificación del acta de liquidación: La Administración Tributaria notifica al contribuyente un acta de liquidación en la que se detalla la deuda tributaria pendiente de pago, incluyendo los intereses de demora y las posibles sanciones.
- Requerimiento de pago: La Administración Tributaria requiere al contribuyente para que proceda al pago de la deuda tributaria en un plazo determinado, que suele ser de 10 días.
- Embargo de bienes: Si el contribuyente no atiende al requerimiento de pago, la Administración Tributaria puede proceder al embargo de bienes del contribuyente, como cuentas bancarias, salarios, vehículos o inmuebles, para garantizar el pago de la deuda tributaria.
- Subasta de bienes embargados: Si el embargo de bienes no resulta suficiente para cubrir la deuda tributaria, la Administración Tributaria puede proceder a la subasta de dichos bienes para obtener el importe necesario para cubrir la deuda.
- Apremio: Si a pesar de los embargos y la subasta de bienes la deuda tributaria sigue sin ser satisfecha, la Administración Tributaria puede iniciar el procedimiento de apremio, mediante el cual se pueden tomar medidas más drásticas, como el embargo de ingresos futuros, la suspensión de licencias y autorizaciones, la inclusión en el registro de morosos, entre otras.
Es importante señalar que durante todo el procedimiento de recaudación tributaria, el contribuyente tiene derecho a presentar alegaciones y recursos contra las actuaciones de la Administración Tributaria, así como solicitar aplazamientos o fraccionamientos de pago en caso de dificultades económicas.
F) Impugnación de liquidación o sanción tributaria.
las liquidaciones y sanciones tributarias pueden impugnarse a través de dos procedimientos distintos: la vía económico-administrativa y la vía contencioso-administrativa.
La vía económico-administrativa es un procedimiento administrativo que tiene por objeto revisar y resolver las reclamaciones y recursos que se interpongan contra los actos dictados por la Administración tributaria. Este procedimiento se inicia mediante la presentación de una reclamación económico-administrativa ante el órgano que dictó el acto impugnado. Si se confirma el acto impugnado, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
La vía contencioso-administrativa es un procedimiento judicial que tiene por objeto resolver las controversias entre los particulares y la Administración tributaria. Este procedimiento se inicia mediante la presentación de una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente. En el caso de las sanciones tributarias, el procedimiento contencioso-administrativo se iniciará directamente mediante la presentación de la demanda.
En ambos procedimientos, se pueden alegar errores de hecho o de derecho en la liquidación o sanción tributaria impugnada, así como vulneraciones de derechos fundamentales. Es importante señalar que, en la vía económico-administrativa, la interposición de un recurso suspenderá la ejecución del acto impugnado, mientras que en la vía contencioso-administrativa no se suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que el demandante solicite medidas cautelares y éstas sean concedidas por el juez.
G) Operaciones Vinculadas.
Las operaciones vinculadas son aquellas que se realizan entre partes que tienen una relación especial, ya sea por su condición de socios, accionistas, administradores o personas físicas o jurídicas relacionadas entre sí. Estas operaciones pueden incluir la compra o venta de bienes o servicios, préstamos, garantías, entre otras.
En España, la normativa tributaria establece que las operaciones vinculadas deben realizarse a precios de mercado, es decir, al mismo precio que se acordaría entre partes independientes en condiciones normales de mercado. El objetivo de esta normativa es evitar la manipulación de precios entre partes vinculadas con el fin de reducir la base imponible y, por lo tanto, el pago de impuestos.
Documentación específica obligatoria.
Las empresas que realizan operaciones vinculadas deben mantener una documentación específica que justifique que los precios aplicados en estas operaciones son de mercado. Esta documentación incluye un análisis de comparabilidad entre las operaciones vinculadas y las realizadas con terceros independientes, así como un estudio económico-financiero que justifique los precios aplicados.
La Agencia Tributaria en España tiene la facultad de revisar las operaciones vinculadas de las empresas para asegurarse de que se han realizado a precios de mercado y que la documentación requerida se ha mantenido adecuadamente. Si se detecta una diferencia en los precios, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones y ajustar la base imponible de la empresa. Por lo tanto, es importante que las empresas mantengan la documentación adecuada y realicen las operaciones vinculadas a precios de mercado para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
Nuestros asesores fiscales en Sevilla son expertos en operaciones vinculadas. Prestan este servicio con la mayor de las garantías del excelente trabajo técnico y esfuerzo en defensa de tus intereses.
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