• Skip to primary navigation
  • Skip to main content
  • Skip to primary sidebar
  • Skip to footer

paumard-logo-web-header-white

  • SERVICIOS
    • Reclamar al seguro de salud
    • Reclamar al seguro de vida
    • Reclamar al seguro de daños
    • Reclamar al seguro de caución e impago
    • Accidente de trabajo
    • Segunda oportunidad e insolvencia
    • Impagos en comercio exterior
    • Tarjetas de crédito revolving
    • Reclamar responsabilidad civil por negligencia
  • ESPECIALIDADES
    • Reclamaciones a compañías de seguro
    • Accidentes laborales
    • Reclamaciones a Bancos
    • Responsabilidad civil
    • Situación de insolvencia y deudas: Concurso de acreedores y segunda oportunidad
    • Abogados especialistas en accidentes laborales
  • SOLUCIONA TU DEUDA
    • Reduce tu deuda – Reunifica, refinancia, o reestructura
    • Mejora tu hipoteca
    • Ley de Segunda Oportunidad: elimina tus deudas
    • Concurso de acreedores
  • Blog y noticias
  • Colabora con nosotros
  • Contáctanos | 664 88 44 73

PAUMARD ABOGADOS

Tarjetas de crédito revolving

Contáctanos y preséntanos tu caso.

Contactar

RECLAMAR TARJETA REVOLVING EN 2026

Somos abogados expertos en reclamar tarjeta de crédito abusiva revolving y en eliminar su deuda.

NOVEDAD FAVORABLE A CONSUMIDORES:

El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a los consumidores frente a CARREFOUR. En Su Sentencia de 17 de febrero de 2026 declara de manera colectiva que las cláusulas de tipo de interés y formato revolving del crédito NO superan el control de transparencia y resultan nulas.

Recordamos que el Tribunal Supremo en sus Sentencias de 30 de enero de 2025 ha declarado que las tarjetas revolving pueden ser declaradas nulas dado que por las entidades no se facilitaba información sobre el funcionamiento del crédito revolving, el impacto de este en el coste y duración de la deuda, la complejidad de este crédito en relación con otros tipos de crédito.

Haciendo especial referencia a las tarjetas contratadas fuera de una entidad financiera, como por ejemplo: Caixa Ikea, Caixa Mediamarkt, Carrefour Pass, Wizink, Cetelem, Cofidis, etc.

Y todo ello sin prestar atención al tipo de interés, sino a la total ausencia de información sobre el crédito.

PINCHA AQUÍ Y CONTACTA AHORA, ANULA TU TARJETA Y RECUPERA TODOS LOS INTERESES Y COMISIONES PAGADOS


Si tienes una tarjeta de crédito, este artículo te interesa. Nuestros abogados expertos en tarjetas revolving y tarjetas de crédito explicarán sus características, las cláusulas abusivas de estas tarjetas de crédito, la diferencia entra tarjetas de crédito normales y las tarjetas revolving abusivas como las de Wizink o Visa Pass de Carrefour y cómo reclamar.

Reclamar tarjeta de crédito abusiva revolving
 
Nuestros abogados solo cobran si tú ganas. Somos abogados a éxito.

CUÉNTANOS TU CASO Y GESTIONAMOS TU RECLAMACIÓN POR TARJETA REVOLVING ABUSIVA

En este tipo de asuntos actuamos en toda España, pudiendo tramitar todo el asunto vía online para tu mayor comodidad.

Contacta con nosotros, envíanos la documentación a abogados@paumardabogados.com, y te llamamos explicándote tu situación.

Siempre que tengas una tarjeta de crédito te aconsejamos que nos contactes, pues es muy probable que incluyas intereses usureros u otras cláusulas abusivas.

 

Abogados expertos en reclamar tarjeta revolving cerca de ti: falta de transparencia e intereses abusivos.

Prestamos servicio en todas las provincias del país.

A Coruña

Burgos

Guadalajara

Madrid

Soria

Álava

Cáceres

Gipuzkoa

Málaga

Tarragona

Albacete

Cádiz

Huelva

Murcia

Santa Cruz de Tenerife

Alicante

Cantabria

Huesca

Navarra

Teruel

Almería

Castellón

Jaén

Ourense

Toledo

Asturias

Ciudad Real

La Rioja

Palencia

Valencia

Ávila

Córdoba

Las Palmas

Pontevedra

Valladolid

Badajoz

Cuenca

León

Salamanca

Vizcaya

Baleares

Girona

Lérida

Segovia

Zamora

Barcelona

Granada

Lugo

Sevilla

Zaragoza

Qué es una tarjeta revolving abusiva

Una tarjeta revolving es una tarjeta de crédito que se concede por una cantidad que no suele superar los 10.000€ y que normalmente está destinada a adquirir bienes de consumo: una televisión, un ordenador, un viaje, etc. Son, en definitiva, créditos al consumo.

Esta tarjeta te la facilitan con el contrato de crédito que firmas. En este contrato de crédito se te autoriza a poder disponer de una cantidad de dinero, y si la devuelves, puedes disponer de ella de nuevo.

La forma de utilización de la tarjeta puede ser tradicional con el uso físico de la tarjeta,  bien con una llamada de teléfono, o de manera electrónica o virtual.

Estas tarjetas te ofrecen poder devolver la cantidad dispuesta en «cómodos plazos» o en «pequeñas cuotas», y así es, una vez dispones o utilizas el dinero de ese crédito tienes que devolver esa cantidad en pequeños pagos, y aquí está el truco.

Para devolver ese dinero dispuesto se tiene que pagar la cuota, y esta cuota está formada por el principal y los intereses. El principal es la devolución de la parte de dinero de la que has dispuesto, mientras que los intereses remuneratorios es lo que te cobran por disponer de ese dinero. Estos intereses se calculan sobre el capital dispuesto y no sobre la cuota que te toca pagar periódicamente.

Supuestos «Cómodos plazos»

Dado que con esos «cómodos plazos» o «pequeñas cuotas» que pagas no cubres la cantidad del principal que utilizas, hay una parte de este que no pagas, y al no pagar todo el principal dispuesto, los intereses correspondientes a lo no pagado se van acumulando y generan el interés compuesto o anatocismo que trae como consecuencia el incremento exponencial de los intereses que tengas que pagar.

También se suele determinar que el momento para devolver el capital dispuesto es cuando ya se haya utilizado todo el crédito, por lo que los intereses remuneratorios serán los máximos que podrían pagarse, desde el principio.

No obstante, esto es legal, y lo que resulta ilegal es que este interés exponencial no tiene un tipo de interés bajo, sino que suele ser un interés usurero, de más del 20%, y por tanto nulo, según la Ley de Represión de la Usura de 1908.

Por tanto, tenemos por un lado un interés remuneratorio que se va acumulando porque con las pequeñas cuotas no se devuelve todo el capital del que se dispone. Y, por otro lado, ese interés tiene un tipo que no es bajo, sino que es usurero, normalmente más del 20%.

Todo ello genera una deuda por la tarjeta de crédito que no hace más que aumentar, y por muchas cuotas que se paguen esa deuda parece infinita, como si nunca se terminara de devolver.

Además, también existen importantes comisiones por impago o descubierto.

En definitiva, una vez que se van devolviendo esas pequeñas cuotas, se puede volver a disponer del dinero y la bola de nieve (o de deuda, mejor dicho) sigue creciendo.

Nueva Sentencias del Tribunal Supremo de 30 de enero de 2025

En esta nueva sentencia el Tribunal Supremo actualiza su doctrina sobre la nulidad de los intereses usureros o usurarios de las tarjetas revolving. En concreto el Tribunal Supremo ha venido a confirmar la nulidad del TAE (tipo de interés total que se cobra) que WIZINK establece en sus tarjetas y que se fija en un 26,82%. Siendo por ello usurero y que, además, supera el límite del 20% respecto del que el Tribunal Supremo ya considera que es demasiado alto.

Ese tipo de interés también es aplicado por otras compañías como Bankinter en su tarjeta Bankinter Card.

Además el Tribunal Supremo concreta aun más el patrón del tipo de interés oficial con el que hay que comparar el TAE de la tarjeta para determinar si se trata de intereses usurarios. Por lo que según la fecha de contratación de la tarjeta se aplicará uno u otro. En cualquier caso, todas aquellas tarjetas que superen el 20% pueden ser usurarias, y la certeza de que lo son será mayor cuanto más elevados sean los intereses.

Por ello, recomendamos contactar sin demora con nuestros abogados expertos en reclamar tarjeta de crédito abusivas revolving de WIZINK, BANKINTER, CAIXA, EVO, COFIDIS, CETELEM, CARREFOUR, ETC.

Tarjetas de crédito ordinarias: distinción para reclamar tarjeta revolving

Una tarjeta de crédito normal, al igual que la revolving, es el resultado de un contrato de crédito.

La diferencia entre ambas es que, mientras que en la revolving no se puede devolver todo el capital del que se dispone en una sola vez, sino que tienes que pagar mensualmente una parte generando intereses, en la tarjeta de crédito normal sí se puede devolver todo lo dispuesto en una sola vez. Incluso, es posible que el contrato prevea que si se devuelve en un solo pago, no te cobren intereses.

El coste que tiene una tarjeta de crédito normal es para el caso de que no se devuelva en un solo pago, así como distintas comisiones por utilizar la línea de crédito.

Estas no suelen contener tipo de interés usurero. No obstante, te recomendamos que si tienes tarjeta de crédito, tengas cual tengas, y sea de la compañía que sea contactes con nuestros abogados expertos en reclamar tarjeta de crédito abusiva para que te expliquen si tienes intereses usureros

 

¿Cuándo unos intereses son usureros?

Los intereses pueden ser remuneratorios y de demora. Los remuneratorios son el precio que la entidad financiera establece por dejarte dinero. Los intereses de demora o moratorios son aquellos que se aplican en caso de que no devuelvas el dinero en el plazo acordado.

La Ley de la Usura establece que será usurero aquel interés que supere notablemente al interés normal del dinero y sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o se haya pactado condiciones tales que resulte leonino. Habiendo motivos para considerar que se ha aceptado a causa de la situación angustiosa del prestatario, de su inexperiencia o debido a sus limitadas facultades mentales.

Este artículo ha sido interpretado por el Tribunal Supremo en su sentencia 628/2015 y a partir de entonces toda la jurisprudencia en el mismo sentido.

En primer lugar, hay que fijarse en la TAE y no solo en el TIN o tipo de interés nominal de la tarjeta.

En segundo lugar, hay que comparar la TAE de la tarjeta con el interés normal del dinero, es decir, con la TAE que ofrece la estadística que publica el banco de España sobre «tipos de interés, activos y pasivos, aplicados por las entidades de crédito» y en concreto con su columna «Crédito al consumo>Operaciones  a plazo entre 1 y 5 años>TAE». 

Habiéndose concluido que existirá usura si la TAE de la tarjeta es superior al doble de la TAE en las «operaciones a plazo entre 1 y 5 años de crédito al consumo».

El segundo requisito para calificar de usurero es que no concurra ninguna situación de riesgo económico en la concesión del crédito o la tarjeta revolving que justifique un interés tan alto. Este tipo de riesgo tendría que demostrarlo la entidad financiera y, en las operaciones al consumo, es claro que no existe tal riesgo.

 

¿Qué entidades tienen estas tarjetas?

Son muchas y variadas las entidades que ofrecen tarjetas de crédito revolving abusivas.

Nuestros abogados expertos en reclamar tarjeta de crédito abusiva revolving han identificado a:

Wizink, Cetelem, El Corte Inglés (Servicios Financieros), VISA PASS de Carrefour, Citibank, Banco Evo, Liberbank, Santander, Bankinter, ING, etc.

 

¿Cómo reclamar?

Dado que nuestros abogados especializados en tarjetas revolving actúan online en toda España, puedes gestionar toda la reclamación vía online desde tu ordenador o teléfono.

Por ello, te proponemos:

  1. Contacta con nosotros a través del formulario de contacto o enviándonos un email adjuntando el contrato de la tarjeta a abogados@paumardabogados.com indicándonos tu nombre y número de teléfono.
  2. En cuanto comprobemos que tienes intereses usureros te contestamos confirmando y explicando tu situación.
  3. Enviamos la reclamación extrajudicial y, si no contestan o es negativa, interponemos la demanda.

Nuestros abogados expertos en reclamar tarjeta de crédito abusiva se encargarán de toda la reclamación mientras disfrutas de la tranquilidad de tu hogar.

Permite que te ayudemos a recuperar tu dinero y a defenderte de los abusos de las finanzas.

    ASUNTO

    EMAIL

    TELÉFONO

    MUNICIPIO

    MENSAJE

    Aceptar aviso legal

    PAUMARD ABOGADOS

    664 88 44 73

    abogados@paumardabogados.com

    O, si lo prefieres, gestionamos todo el asunto online para que no tengas que desplazarte.

    PAUMARD ABOGADOS

    Teléfono móvil: 664 88 44 73

    Email: abogados@paumardabogados.com

    sidebar

    sidebar-alt

    Footer

    paumard-abogados-asesores

    SERVICIOS

    Reclamaciones

    EL BUFETE

    Conócenos

    Aviso legal

    Política de privacidad

    DESPACHOS

    Madrid

    Sevilla

    Badajoz

    Bilbao

    Cáceres

    Granada

    Málaga

    Paumard Abogados | Copyright © 2026

    Utilizamos cookies propias y de terceros para garantizar el funcionamiento de la web, medir su uso y mejorar nuestros servicios. Puede aceptar todas las cookies, rechazar las no necesarias o configurar sus preferencias. Política de cookies

    Configurar cookies

    Necesarias para que la web funcione correctamente. No se pueden desactivar desde este panel.

    Ayudan a medir el uso del sitio y mejorar sus contenidos.

    Permiten publicidad, medición de campañas o personalización de anuncios.

    Guardan preferencias o permiten contenido externo no necesario.